Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
Como trabajador
- Reportarlo inmediatamente a su empleador para que él notifique el accidente y lo guíe en el proceso de atención en salud.
- Si el presunto accidente genera una urgencia, lleve inmediatamente al accidentado al centro de salud más cercano.
NOTA: El jefe encargado o administrador de cada punto de venta esta en la obligación de reportar inmediatamente a las oficinas por escrito y detallamente el cuestionario informado de accidente laboral.
Como empleador
Usted debe
Reportar el presunto accidente de trabajo completando el Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo (FURAT). Para esto debe iniciar sesión en el sitio web e ingresar a Gestión de Riesgos Laborales, luego debe dirigirse a Reportar accidente de trabajo.
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